lunes, 10 de enero de 2011

ALCOHOLIMETRÍA EN COLOMBIA

Algunas cosas importantes para tener en cuenta a la hora de ser requerido para un examen de alcoholemía, advirtiendo de antemano que NUNCA se deben mezclar la gasolina y el trago porque siempre será perjudicial para la salud (MATA).

Antes que todo, deben saber que el límite permisible en Colombia es de 4.0 (el internacional es de 6.0)

Suponga que Ud. se ha tomado una copa de vino y se ha comido unos “tacos”. La Policía de Tránsito lo detiene cuando está manejando, le exigen la prueba de alcoholimetría y Ud., por decente y honesto, les dice lo que ha bebido. He aquí lo que sucede a continuación:

1. Con mala actitud el encargado le pide que se baje del vehículo.

2. Frente a Ud. abre un empaque sellado y saca una boquilla nueva que coloca en el medidor.

3. Le pide que sople. (Para el ejemplo aquí mencionado, digamos que vino + tacos = aprox. 1.8 de medición). MUCHO OJO, como saben que la gente se pone nerviosa, estos tipos... se aprovechan y...

4. Le piden que sople de nuevo. NO LO HAGA, porque si vuelve a soplar, los primeros gases que emitió se acumularán a su segundo soplido y la medición será ahora de aprox. 3.65. Le piden que sople otra vez: si lo hace, entonces el aparato marcará 5.46, el Agente imprimirá el tiquete que emite el aparato, y con ello habrán construido, ipso facto, "pruebas" que demuestran que Ud. se pasó del límite permitido.

5. Con el tiquete impreso, ya perdió, porque se acaba de hacer acreedor a una multa de más de 500 mil pesos y la inmovilización del vehículo.

Al investigar sobre las sanciones administrativas resulta que: NADIE ESTÁ OBLIGADO A SOPLAR MÁS DE UNA VEZ...y mucho menos con la misma boquilla. En caso de dudas, los encargados TIENEN EL DEBER DE ABRIR UNA NUEVA BOQUILLA para no acumular medidas. Pero recuerden que sólo pueden exigirle que sople POR UNA SOLA VEZ.

Además, la Resolución 000414 de 2002 del INMLCF de Colombia establece que el equipo utilizado DEBE TENER LOS CERTIFICADOS DE CALIBRACION RESPECTIVOS y VIGENTES. Usted, como ciudadano tiene el derecho a exigir que le muestren tales Certificados, y la persona que practica la prueba debe tener idoneidad y capacitación DEMOSTRABLE en el manejo del instrumento.

Tomado de internet

3 comentarios:

hernan dijo...

que comentario tan estupido y sin argumento cientifico, el que lo escribio no sabe lo que esta diciendo, solo quiere confundir.

Anónimo dijo...

ademas esta fomentando el que las personas consuman alcchol y luego conduzcan un vehiculo....pueda ser que nunca tenga un accidente por culpa de un conductor ebrio.

Anónimo dijo...

AMIGOS, ALGO SI ES CLARO QUE EL ARTICULO MANIFIESTA LOS DERECHOS DEL PRESUNTO INFRACTOR YA QUE SI ES CIERTO LO DE LA BOQUILLA NUEVA PARA CADA TOMA DE ALCOHOLIMETRIA, NO HAY QUE DEJAR DE LADO QUE NO SE PUEDE TENER EN CUENTA QUE POR UNA COPA DE VINO SE CONVIERTA EN UNA POTENCIA DE PELIGRO, RECUERDEN QUE ESTA ES UNA PRUEBA DE ALCOHOLIMETRIA NO DE EMBRIAGUEZ, YA QUE ESTA ULTIMA LA HACE UN MEDICO LEGAL ES DECIR DE MEDICINA LEGAL Y EL ES EL UNICO ADICIONAL DE LA PRUEBA DE SANGRE LOS QUE PUEDEN DETERMINAR EL GRADO DE EMBRIAGUEZ, LO QUE PASA ES QUE EN COLOMBIA LA NORMA ES MAS INEXACTA YA QUE CONFUNDE LOS DOS TERMINOS CREANDO CONFUSION A LA POBLACION,SIN EMBARGO NO OLVIDEN SUS DERECHOS AL PROCEDIMIENTO Y OBVIAMENTE SI VA A TOMAR NO MANEJE...