miércoles, 24 de junio de 2009

VENCE PLAZO PARA LA REVISIÓN MECÁNICA DE LOS VEHÍCULOS

Todos los vehículos y motocicletas que circulan por las calles de Bucaramanga deberán tener al día el certificado de revisión técnico mecánica, expedido por los centros autorizados, y con mayor facilidad y garantía de eficiencia por el Centro de Diagnóstico de la Dirección de Tránsito.

Este es un requisito establecido por la Ley, que determinó las fechas de acuerdo con el último dígito de la placa del vehículo, con el fin de que sus propietarios puedan cumplir con esta obligación, so pena de ser sancionados económicamente.

Hasta el 30 de junio tienen plazo los vehículos, modelos 1994 y anteriores, con placas terminadas en 0; de julio a agosto, las culminadas en 1; de agosto a septiembre, en 2; de septiembre a octubre, en 3; de octubre a noviembre, en 4 y de noviembre a diciembre, en 5.

Para las motocicletas se fijó el siguiente cronograma: entre junio y agosto, cuyas placas inicien en 7; de septiembre a octubre, en 8 y de noviembre a diciembre, en 9.

miércoles, 17 de junio de 2009

DIRECCIÓN DE TRÁNSITO INICIÓ LA SEÑALIZACIÓN DE BUCARAMANGA

Ajustándose a un plan previamente estudiado, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga inició la señalización de la ciudad, con el fin de agilizar el tránsito automotor, guiar a los transeúntes en sus desplazamientos, minimizar la accidentalidad y mejorar su competitividad.

Al respecto, Liliana Sarmiento Osma, Directora de la entidad, informó que los trabajos se adelantan “conforme a los requerimientos internacionales, para que Bucaramanga esté a la par con las grandes ciudades del mundo, máxime cuando la puesta en marcha del transporte masivo Metrolínea transformará sustancialmente la movilidad vial, para beneficio de los usuarios quienes de manera rápida y cómoda podrán desplazarse a sus hogares o sitios de trabajo”.

Según la Directora de Tránsito, la señalización cobijará al centro, barrios y comunas donde sus habitantes esperaban desde hace años la atención a sus peticiones.

Con la señalización, al igual que con el ordenamiento de los sitios de recolección de los buses urbanos, Bucaramanga será una ciudad cívica, donde se respeta los derechos de sus habitantes.

viernes, 12 de junio de 2009

OPTIMIZARÁN ESTACIÓN DE CAÑAVERAL, PARA INCLUIR PRETRONCAL DE LAGOS Y BUCARICA

Luego de un análisis operativo, el Sistema de Transporte del área metropolitana de Bucaramanga, Metrolínea, determinó optimizar los diseños de la Estación de Transferencia de Cañaveral, para incluir una ruta pretroncal que atenderá a los sectores de Lagos II y Bucarica. “El cambio obedece al sistema operativo, pues en un principio el proyecto contemplaba unas rutas alimentadoras para Bucarica y Lagos. Estas rutas fueron mejoradas y dichos sectores serán cubiertos por la ruta pretroncal”, explicó Félix Francisco Rueda Forero, Gerente de Metrolínea.

En los planos iniciales estaban contemplados seis módulos de parada para las rutas alimentadoras, que vendrían desde Lagos I, Lagos II, Bucarica, Ciudad Valencia, Bellavista, Santana, Cañaveral, las clínicas de la zona y el sector de Palomitas. “Con el cambio de diseño, la Estación de Transferencia de Cañaveral tendrá solo tres módulos de parada, atendiendo únicamente tres rutas alimentadoras que cubrirán los barrios mencionados, a excepción de Lagos II y Bucarica, que contarán con la ruta pretroncal”, agregó Rueda Forero.

La mejora se traducirá en beneficios, como: Aumento en la capacidad de los autobuses, que pasarán de busetón a padrón; disminución del tiempo de viaje, al no requerir trasbordo para los usuarios de estos sectores que se dirigen hacia la carrera 27y, consecuentemente, la mejoría en las condiciones de movilidad, dentro y fuera de las estaciones centrales de cañaveral.

lunes, 8 de junio de 2009

EN NOVIEMBRE SE TENDRÁN LOS DISEÑOS DE LA VÍA CUROS MÁLAGA

El 29 de noviembre de este año estarán listos los diseños de la vía Curos Málaga, informó el Gobernador de Santander, Horacio Serpa Uribe en el foro realizado el pasado fin de semana en Málaga, capital de la Provincia García Rovira.

“Es muy importante para nosotros y la provincia entera conocer qué proyectos vienen para esta parte de Santander, por eso hicimos la convocatoria correspondiente, además porque creemos en la capacidad de quienes hoy nos gobiernan”, afirmó Edwin Calixto Bueno, miembro del Comité de Iniciativas Juveniles.

“Yo tengo que dar un parte positivo a la Provincia y el Departamento, el Ministerio de Transporte nos ha cumplido con tres importantes licitaciones: la doble calzada de la vía Bucaramanga – Cúcuta; la transversal del carare y la central norte, que es de suma importancia para García Rovira”, aseguró Serpa Uribe.

Resultados de la gestión del Gobierno Departamental

- Pago total de la deuda del Departamento por 130 mil millones de pesos.
- 4500 millones de pesos gestionados para inversión de maquinaria en los municipios.
- 2000 millones de pesos gestionados ante el Ministerio de Transporte para mantenimiento de vías secundarias.
- 1000 millones de pesos que aportará la Administración Departamental para mantenimiento de vías secundarias.
- 100 mil millones de pesos que van a prestar los bancos para invertir en pavimentación de vías secundarias.
Inversiones: ¿Qué viene en materia de vías para García Rovira?
- 131 mil millones de pesos para mantenimiento y rehabilitación entre Palmera – Málaga – Cerrito y Presidente, del corredor de competitividad Central del norte, a la cual ya ha sido adjudicada la licitación.
- Mil millones de pesos para atender sitios críticos en la vía Curos - Málaga específicamente en los kilómetros 33, 51 y 58.
- Desarrollo de los diseños definitivos de la vía Curos – Málaga, los cuales estarán terminados para el 29 de noviembre del año en curso.
- Estructuración de la licitación por cerca de 500 millones de pesos para mantenimientos de la parte pavimentada antigua de la vía Curos, un tramo de la vía de San Andrés, y la vía que de Pangote conduce a Málaga.
- Implementación de la Fase 2 del plan 2500 nacional en la cual se incluirán 1.5 kilómetros más de pavimentación.

miércoles, 27 de mayo de 2009

BUCARAMANGA TIENE NUEVO SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA

Ante el alcalde Fernando Vargas Mendoza tomó posesión del cargo de Secretario de infraestructura, el arquitecto Álvaro Antonio Ramírez Herrera, egresado de la Universidad Santo Tomas de Aquino y especializado en Planeación y Administración en Desarrollo Regional de la Universidad Cooperativa de Colombia, en reemplazo de la ingeniera Silvia Inés Pérez Lesmes.

6 DE JUNIO, FORO VIAL DE GARCÍA ROVIRA

Los jóvenes por García Rovira y la Constituyente Social Comunera, invitan a participar del Foro Vial de García Rovira, que se realizará en el marco de la campaña “García Rovira Merece una vía digna”, que se llevará a cabo el día 6 de junio desde las 9 de la mañana en el auditorio de la Universidad Industrial de Santander de Málaga.

La actividad a donde están invitados el gobernador de Santander Horacio Serpa y su equipo, el Ministerio de Transporte, Invías, Senadores y Parlamentarios santandereanos, Asamblea departamental, Contraloría, Alcaldes de la provincia, Concejales, transportadores, empresarios, líderes sociales y comunidad en general, tendrá como eje central la vía Curos-Málaga.

Cada ente público y gremio presentará una ponencia, en el marco del foro que ha esperado la gente de García Rovira, para tener respuestas claras, concisas y definitivas sobre el tema que generaciones han esperado.

EL MOTO-TAXISMO NO ESTÁ AUTORIZADO EN BUCARAMANGA

“Ninguna autoridad ha legalizado el servicio de moto-taxis en Bucaramanga”, afirmó Jorge Abril, Comandante Operativo de la Dirección de Tránsito, quien lamentó la pérdida de dos vidas en jurisdicción de Piedecuesta, en cumplimiento de esta ilícita actividad.

El funcionario agregó que “quien contrata un moto-taxi desconoce la experiencia del conductor y el estado mecánico de la moto, a más de que es un servicio ilegal donde las consecuencias, en caso de un accidente, deberá asumirlas en su totalidad el pasajero”.

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga continuará con los operativos para sancionar a los infractores y no bajará la guardia para que todos los motociclistas conduzcan con prudencia, respetando las normas de tránsito y recordando que en sus hogares los esperan sanos y salvos.

Igualmente, a partir de la fecha, los alféreces harán cumplir la normatividad a los conductores de buses de servicio público de pasajeros, para que recojan y dejen pasajeros únicamente en los sitios señalados y utilicen correctamente las puertas de ingreso y descenso de los usuarios.

jueves, 21 de mayo de 2009

5 MIL MILLONES PARA CICLORUTAS

De $5.000 millones dispone Metrolínea para la construcción de las ciclorutas que contempla el Sistema Integrado de Transporte Masivo, SITM, según anunció el gerente Félix Francisco Rueda Forero.

“El Gobernador de Santander, Horacio Serpa Uribe se vinculó al SITM con $5.000 millones, teniendo en cuenta que en el Documento Conpes 3370 del 1 de agosto de 2005, se contempla la participación de la Gobernación en el proyecto. Éstos recursos serán destinados a la construcción de las ciclorutas, una vez se tenga el estudio del diseño conceptual y urbanístico, que deberán encabezar las oficinas de Planeación de los municipios y de igual forma, el Área Metropolitana de Bucaramanga”, sostuvo el Gerente de Metrolínea.

Expertos de la Fundación Por El País Que Queremos, entidad sin ánimo de lucro que trabaja a nivel nacional e internacional para promover la creación de modelos de desarrollo ajustados a las condiciones y necesidades de cada ciudad, recomendaron que las ciclorutas sean alimentadoras del SITM. Es así como Portales y Estaciones de Transferencia tendrán el espacio para el parqueo de las bicicletas. De igual forma, los buses padrones tendrán portabicicletas en la defensa delantera, para hacer el trasbordo mientras se llega al destino final.

Es de resaltar que existen básicamente tres tipos de ciclorutas, utilizadas para facilitar los viajes en bicicletas: en sitio propio o en andén, bulevar para bicicletas y vías compartidas, señalizadas debidamente en el piso del carril vehicular.

miércoles, 20 de mayo de 2009

VEA COMO QUEDARÁ EL VIADUCTO DE LA 9 EN BUCARAMANGA

Después de más de 20 años de estar "cacareando" la necesidad es esta obra como un enlace entre la conexión que se proyecta entre el norte y el sur del área metropolitana, el actual alcalde de Bucaramanga Fernando Vargas Mendoza, se pone al frente del proyecto y dice que en 20 meses estará listo. Vea el video de lo que será este viaducto.

Después de esta acertada decisión surgen las siguientes preguntas: ¿Qué pasó con los estudios del carreteable de la novena que planteó el anterior alcalde Honorio Galvis Aguilar? ¿Esa platica se perdió, cuánto? ¿Se alcanzaron a comprar predios, cuántos, por qué valor y qué se hará con ellos? ¿Dónde está la platica de las utilidades de Telebucaramanga, casi 10 mil millones de pesos, que hace algunos años se destinó para el viaducto de la 9, se invirtió, en qué?

martes, 19 de mayo de 2009

CENSO DE TAXISTAS

Los alcaldes y directores de Tránsito del Área Metropolitana convocan a los representantes legales de las empresas de taxis, con radios de acción metropolitano y municipal, a sus propietarios y veedores de las agremiaciones, a la realización de la segunda fase del inventario (censo) del parque automotor, que se iniciará el domingo 5 de julio, a las 7:00 de la mañana en la vía perimetral del Mutis.

De esta manera la entidad cumplirá con el cronograma y el procedimiento establecido, el cual es socializado en la Web http://sites.google.com/sites/transporteamb/, en los medios de comunicación, las empresas de transporte y asociaciones de taxistas.

Todo propietario de vehículo taxi individual está en la obligación de reclamar previamente el certificado de la SIJIN y presentar el automotor el día y hora que le corresponda, so pena de las sanciones, aplicables a partir del 1° de agosto del año del año en curso.

SELECCIONADOS CONSTRUCTOR E INTERVENTOR PARA ESTACIÓN PROVENZA

Después de recibir la no objeción del Banco Mundial a la recomendación del Comité Evaluador de Metrolínea, se adjudicó la construcción de la Estación de Transferencia de Provenza –costados oriental y occidental- a la firma BM3 Obras y Servicios S.A; así como la interventoría técnica, administrativa, legal, financiera y ambiental, para el Consorcio Estación (Incosa-GPI).

“La adjudicación de esta Licitación Pública Internacional se rige por las normas del Banco Mundial, cuyas especificaciones indican que se debe otorgar al menor postor. En este sentido, una vez recibido el aval de la entidad Bancaria, se procedió a seleccionar a la firma constructora BM3 Obras y Servicios S.A., que ofertó 10 mil 773 millones 178 mil 751 pesos, para el Lote 1 y $9 mil 166 millones 148 mil 431, para el Lote 2”, sostuvo el Gerente de Metrolínea, Félix Francisco Rueda Forero.

Igualmente, se llevó a cabo una reunión de negociación con el representante del Consorcio Estación (Incosa-GPI) y se acordó, entre las partes, el valor de la interventoría que asciende a $1.476.009.270 millones, incluidos los impuestos. La construcción de la Estación de transferencia de Provenza tendrá dos lotes, ubicados en los costados oriental y occidental, que contarán con plataformas para el ascenso y descenso de pasajeros de los buses alimentadores.

Dichos lotes estarán comunicados entre sí por un túnel (paso subterráneo construido en la etapa de ejecución del tramo 3 de la fase1), a través del cual, los usuarios pueden acceder a la estación ubicada en el parador central de la autopista. Adicionalmente se construirá un parque lineal de 21 mil metros cuadrados, en la Cañada de la Quebrada el Macho.

viernes, 15 de mayo de 2009

MOTOCICLISTAS PREFIEREN MORIR A ACATAR LAS NORMAS

“Los conductores de motocicletas deberían ser más responsables y acatar todas las medidas de prevención vial”. Las palabras son de la Directora de Tránsito de Bucaramanga, Elvia Liliana Sarmiento Osma, en la celebración del ‘Día sin Accidentes’, que congregó en la plaza cívica Luis Carlos Galán Sarmiento a las autoridades viales nacionales, departamentales y del área metropolitana, al igual que a representantes de firmas distribuidoras de esos velocípedos.

Según la funcionaria, no obstante las campañas, comparendos educativos y económicos, la accidentalidad continúa en aumento, con lamentables consecuencias para la integridad física de conductores, parrilleros y peatones, siendo más notoria su incidencia en el sector de la mensajería, cuyas empresas son visitadas por los agentes de tránsito para socializar disposiciones vigentes.

Las estadísticas oficiales señalan que de enero a abril de este año se presentaron 1.077 accidentes de tránsito, en 581 de los cuales participaron motociclistas, 6 perdieron la vida y 299 quedaron lesionados.

jueves, 7 de mayo de 2009

CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA EXEQUIBLE LEY QUE PROFESIONALIZA LOS AGENTES DE TRÁNSITO

La Corte Constitucional en su sentencia C-306 de 2009, declaró exequible en su totalidad el proyecto de ley Nº 190 de 2007 de senado, 077 de 2006 de Cámara, “mediante la cual se unifican normas sobre agentes de tránsito y transporte y grupos de control vial de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones”.

Según Jorge Humberto Mantilla Serrano, Representante a la Cámara y miembro del Directorio Nacional Conservador, esta decisión favorece a los agentes de tránsito de diferentes ciudades del país y les permite seguir ejerciendo sus labores en beneficio de la comunidad.

El proyecto, que se convertirá en ley de la república, dice entre otras cosas que, la actividad de Agente de Tránsito y Transporte es una profesión y como tal deberán recibir una formación académica y por eso autoriza a los organismos de tránsito de las capitales de departamento a crear escuelas no formales.

La nueva norma dice que las autoridades de tránsito se deben colaborar pero que cada una ejerce en su jurisdicción y que “por su rango de autoridad y tener funciones de policía judicial no podrán ser objeto de delegación o contratar con particulares”.

La ley señala que los agentes de tránsito pertenecerán al nivel técnico de la carrera administrativa y los jerarquiza en Comandante de Tránsito Profesional, Subcomandante de Tránsito Técnico, Técnico Operativo de Tránsito Técnico y Agentes de Tránsito Técnico.

“Ahora solo debemos esperar el texto completo de la sentencia y posteriormente el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, sancionará la ley”, afirmó finalmente Mantilla Serrano.

METROLÍNEA REVISARÁ HOY EL CRONOGRAMA DE OBRAS

El Alcalde de Bucaramanga, Fernando Vargas Mendoza y el Gerente de Metrolínea, Félix Francisco Rueda Forero, invitan a los representantes de los medios de comunicación al seguimiento del cronograma de obras y de compromisos necesarios para la puesta en marcha del Sistema Integrado de Transporte Masivo.

El encuentro será hoy, a partir de las 10:00 de la mañana, en el auditorio Andrés Páez de Sotomayor, ubicado en el sexto piso del palacio municipal y contará con la presencia de los contratistas, interventores y concesionarios del Metrolínea.

“Convocamos a todos los medios de comunicación para que participen en este evento de vital importancia y se enteren de los avances más importantes del Sistema. Así mismo, en compañía del alcalde Fernando Vargas Mendoza tendremos la posibilidad de dialogar y reforzar las responsabilidades pertinentes para el inicio de operación”, señaló Rueda Forero.

miércoles, 18 de marzo de 2009

SOBRE PARQUEADEROS ESTO VA A DECIR DEFENSOR DEL ESPACIO PÚBLICO DE BGA EN DEBATE DEL SÁBADO

SÁBADO 21 DE MARZO
HORA: 9:00 A.M
DEFENSOR DEL ESPACIO PÚBLICO
DIEGO FRANK ARIZA PÉREZ
INFORME PLAN ESPECIAL DE PARQUEADEROS


Respuestas a cuestionario

1. ¿QuE es el Plan Especial de Parqueaderos?

El Plan de Ordenamiento Territorial en el Sub-capitulo 5, Sistema de Estacionamientos, estableció la necesidad de poner en funcionamiento el sistema de Estacionamientos en la ciudad con base en el Plan Especial de Parqueaderos, como se define:

“Artículo 160°. Del Concepto. Con el fin de recuperar el espacio público como un elemento estructural básico de la ciudad y de devolverles a los peatones el uso de los andenes, plazas y jardines, restringiendo el estacionamiento de vehículos sobre ellos, se establece un sistema de estacionamientos públicos vehiculares.

Parágrafo. Las determinaciones para poner en funcionamiento el Sistema de Estacionamientos en la Ciudad se adoptarán con base en los resultados del Plan Especial de Parqueaderos que para tal efecto deberá adelantar la Dirección de Tránsito y Transporte del Municipio de Bucaramanga.

Artículo 161°. De los Objetivos del Sistema de Estacionamientos. Los objetivos a alcanzar con el sistema de estacionamientos son los siguientes:

1. Establecer una red de estacionamientos masivos en edificaciones apropiadas para tal fin, localizadas en los puntos de mayor demanda por efecto de la nueva estructura urbana incluyendo los parqueos para los establecimientos que deben cumplir con los cupos por Gestión Asociada.
2. Generar una red de estacionamientos localizados cerca a las terminales y puntos de transferencia de los sistemas de transporte masivo.
3. Organizar una dependencia de la Dirección de Tránsito y Transporte del municipio de Bucaramanga a cuyo cargo esté la coordinación del funcionamiento y operación del sistema de estacionamientos.
4. Incentivar la construcción de edificaciones especializadas de estacionamientos los cuales tendrán beneficios tributarios de acuerdo a lo establecido en el articulo 221 del presente Acuerdo, cumpliendo con el Decreto 02 de 1982 acerca de las Normas de Calidad de Aire expedido por el Ministerio de Salud, previo concepto de la autoridad ambiental.

Parágrafo 1. Se entiende por Parqueadero Masivo aquel destinado para uso público y que tiene una capacidad mayor a 50 cupos de parqueo.

Parágrafo 2. La Oficina Asesora de Planeación reglamentará, mediante un estudio específico o por medio de los Instrumentos de Gestión, los cupos de estacionamientos exigidos, para los establecimientos, acordes con su área de venta y/o área de servicio, estrato, número de personas que demanda el servicio y el área de actividad en donde se localiza.

Parágrafo 3. Los instrumentos de planificación y gestión por medio de los cuales se podrá precisar la norma de cupos de estacionamientos son los establecidos en los parágrafos 3 y 4 del artículo 98 del Acuerdo 034 de 2000 modificado por el Artículo 41 del Acuerdo 018 de 2002. En estos instrumentos se deben precisar, para cada área homogénea, los respectivos cupos de estacionamiento acordes con las determinantes enunciadas anteriormente. (Los parágrafos 3 y 4 del artículo 98 del Acuerdo 034 de 2000 modificado por el Artículo 41 del Acuerdo 018 de 2002, corresponden a los parágrafos 3 y 4 del artículo 105 del presente decreto).”

De otra parte, mediante la Ley 769 del 06 de julio de 2002, el gobierno nacional estableció el Código Nacional de Transito Terrestre, el cual rige en materia de estacionamientos sobre vías en el país.

En resumen se puede concluir que el Plan Especial de Parqueaderos es el sistema planificado y regulado de parqueaderos y estacionamientos de la ciudad, complemento de las decisiones de ordenamiento establecidas en el POT.

2. ¿Norma a través de la cual el Municipio adoptó o estableció el Plan Especial de Parqueaderos?

A partir de la ejecución del estudio del Plan Especial de Parqueaderos para la ciudad de Bucaramanga, y con base en los resultados allí expuestos, se desarrolla un proyecto de Acuerdo cuyo soporte es el estudio en mención. Es así como el Concejo Municipal aprueba el Acuerdo 065 del 29 de diciembre de 2006; “Por medio del cual se establece el marco conceptual del sistema de estacionamientos y parqueos en el municipio de Bucaramanga y se dictan otras disposiciones”

Posteriormente el Alcalde en uso de sus facultades expidió el Decreto 0067 de 2007 “Por medio del cual se crea una cuenta presupuestal para el pago de compensatorio de parqueaderos, se reglamenta su funcionamiento y se señala el procedimiento para liquidación y recaudo de los valores por este concepto”

3. ¿Cómo ha sido la implementación o ejecución del Plan Especial de Parqueaderos y Cuales son los resultados hasta el momento?

Una vez concluido el estudio del Plan Especial de Parqueaderos que condujo a la aprobación del Acuerdo Municipal 065 de 2006 por el cual se reglamenta el sistema de estacionamientos y parqueaderos, considerado este como “el instrumento complementario del Plan de Ordenamiento Territorial, que busca la recuperación del Espacio Público como elemento estructural básico de la ciudad, para devolverle a los peatones la posibilidad de uso y disfrute, a través de la conformación de una red normatizada de estacionamientos y parqueaderos públicos y privados en las diferentes áreas de actividad, interviniendo los ya existentes, proponiendo la construcción de los faltantes y mejorando aquellos que cumplen con los lineamientos urbanísticos establecidos en el POT de Bucaramanga” se debe ejecutar lo reglamentado en el referido Acuerdo, para lo cual la Oficina Asesora de Planeación a realizado lo siguiente:

1. En el proceso de implementación, se avanzo por parte de este Despacho en la expedición del Decreto 067 del 09 de mayo de 2007, por el cual se crea la cuenta presupuestal donde se pueden realizar los pagos compensatorios d los cupos de parqueo, se reglamenta su funcionamiento y se señala como es el procedimiento para la cancelación de los valores que por concepto del Pago Compensatorio de Parqueaderos dispuesto en el Acuerdo 065 de 2006, deben cancelar los particulares que no pueden cumplir al interior de su predio con la normatividad urbana de cupos de parqueo que al respecto establece el Plan de Ordenamiento Territorial. Su formulación fue responsabilidad conjunta de la Oficina Asesora de Planeación, la Dirección de Tránsito y la Secretaria de Hacienda.

Se define el Pago Compensatorio de Parqueaderos, como una retribución en dinero que deberá reconocer el propietario del predio o titular de la licencia, a favor del municipio de Bucaramanga, en contraprestación al incumplimiento de las cargas urbanísticas asociadas al proceso de edificación, ampliación y/o cambio de uso de la actividad comercial, de servicios, industrial o dotacional, cuando es para el propietario del inmueble imposible proveer al interior del predio; es decir, a partir de la línea de paramento de construcción, la provisión material de los cupos de parqueo ligados al uso de conformidad con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial. Procede solo en los siguientes casos:

1. Para establecimientos comerciales, industriales o dotacionales en el trámite de sus licencias de adecuación, cuando no exista posibilidad técnica de cumplir con los cupos de parqueo al interior del predio, y no exista oferta de estacionamientos por Gestión asociada en un radio de 200 metros alrededor del mismo predio.
2. Establecimientos comerciales, industriales y dotacionales ubicados sobre los principales ejes de la malla vial arterial y que no cuentan con una vía alterna de la red vial local.
3. Establecimientos que no puedan cumplir con las exigencias de estacionamiento dentro de los Planes de Implantación y Regularización y manejo.
4. Estacionamientos en los proyectos de renovación urbana.

No obstante, a la fecha no se ha logrado que el particular y/o propietario de los predios objeto de implementación de establecimientos comerciales, industriales y dotacionales, se aprovisione de cupos de parqueo por este medio, aparentemente por que resulta costoso en consideración a que el valor que se debe asumir corresponde al estimado mediante avaluó comercial corporativo efectuado por las entidades autorizadas por ley y corresponde al valor por construcción de un parqueadero para el predio en particular para el cual se tramita la solicitud. De otra parte en las Curadurías Urbanas no se han adelantado las respectivas licencias de adecuación, que se refieren específicamente a la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia del inmueble original, ejecutando o no obras de construcción en el inmueble objeto de la solicitud, aparentemente porque los arrendatarios de los inmuebles son los que adecuan los predios a actividades comerciales, industriales y dotacionales, y consideran que al no estar ejecutando obras en el inmueble no requieren de licencia alguna, por lo cual no adelantan trámite alguno en las Curadurías Urbanas.

En este Despacho, se esta requiriendo la presentación y entrega de los planos aprobados por la entidad competente, que para el caso son las Curadurías Urbanas, en los cuales se observe el cumplimiento de la normatividad urbana, y en particular, el acatamiento de los cupos de parqueo requeridos para el desarrollo de la actividad objeto de la solicitud, exigiendo que se debe contar con la infraestructura adecuada, y el cumplimiento de las demás normas urbanísticas en la materia para obtener la apertura y/o renovación del concepto de uso del suelo.

B. Considerando lo establecido en el Acuerdo 065 de 2006; “Artículo 13º. Estacionamientos Temporales en paralelo sobre vías de carácter local. Son las áreas ubicadas sobre un costado de la calzada, donde se autoriza, se restringe y/o se prohíbe el estacionamiento temporal de vehículos. Son permitidos en aquellos sectores del Municipio donde los resultados de la formulación del respectivo Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos y/o ficha normativa así lo establezcan, y en los horarios determinados para tal fin. Según su propósito y condiciones, podrán ser zonas azules, amarillas, blancas, cafés, de emergencia o neutrales, así:

1. Zona Azul: Área vial o espacio público autorizado, con cobro regulado y horarios definidos, donde se permite el estacionamiento temporal en paralelo de vehículos particulares hasta por una (1) hora. Estas zonas deberán estar demarcadas con celdas y señalización vertical para permitir que el vehículo estacione en paralelo respecto al sentido de la circulación.

2. Zona amarilla: Área vial o espacio público destinado al estacionamiento temporal autorizado para vehículos de transporte público individual y de turismo, sin cobro y con horarios establecidos para tal fin. Estas zonas deberán estar identificadas con la correspondiente señalización vertical y horizontal.

3. Zona Blanca: Área autorizada como bahía de estacionamiento anexa a la calzada, sin cobro, en la cual se permite el estacionamiento temporal para vehículos particulares hasta por una (1) hora. Estas zonas deberán estar identificadas con la correspondiente señalización vertical y horizontal, y haber sido objeto de licencia de construcción como bahía de estacionamiento para visitantes, según lo permitido en las normas vigentes antes de la entrada en vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial Acuerdo 034 de 2000.

4. Zona café: Área vial o espacio público destinado al estacionamiento autorizado hasta por dos (2) horas, para vehículos de carga, que permita cumplir operaciones de cargue y descargue de mercancías, sin cobro y con horarios restringidos. Estas zonas deberán estar identificadas con la correspondiente señalización vertical.

5. Zona de emergencia: Área vial o espacio público exento de cobro, reservado exclusivamente para el estacionamiento temporal de vehículos de atención de emergencias durante el ejercicio de sus funciones, la cual, por razones de seguridad, vulnerabilidad y/o agilidad en la atención de emergencias, debe permanecer siempre libre, razón por la cual se prohíbe el estacionamiento de cualquier otro tipo de vehículos, y el de vehículos de atención de emergencias por períodos mayores a una (1) hora. Estas zonas deberán estar siempre demarcadas con celdas e identificadas con la correspondiente señalización vertical.

6. Zona Neutral: área vial o espacio público en la que no existe posibilidad de estacionamiento de vehículos.”

Este Despacho ha venido adelantando con la Dirección de Tránsito; Grupo de Planeamiento vial, el estudio para habilitar Estacionamientos Temporales en paralelo sobre vías de carácter local de la ciudad, para lo cual se están generando las fichas de concepto técnico en las cuales se tiene en cuenta la información de campo, las consideraciones técnicas y legales establecidas para tal fin en el Acuerdo 065 de 2006, permitiéndose a través de esto describir y analizar el comportamiento de los estacionamientos en vía publica que fueron en su momento zonas azules.

Concluido el tema se deberá viabilizar la propuesta de estacionamientos temporales sobre vía pública presentada por la Autoridad de Tránsito, ante el Concejo Municipal, quien será quien pueda aprobar o reprobar la iniciativa según se concluye en el Acuerdo 065 de 2006. Del avance que hasta la fecha se ha obtenido sobre el tema, se observa que el Acuerdo, por las consideraciones técnicas y jurídicas que establece para estos parqueos temporales, reduce considerablemente los posibles cupos a ubicar en la ciudad, cupos que ante la falta de implementación de edificaciones especializadas para parqueaderos públicos se requieren establecer como una solución transitoria.

C. A su vez en el Acuerdo 065/2006 en su Titulo II; Elementos constitutivos del sistema de estacionamientos y parqueos, en su Capitulo II; Planes Zonales de Parqueaderos y Estacionamientos, lo siguiente:

“Artículo 9º. Planes Zonales de Parqueaderos y Estacionamientos. Los planes zonales son instrumentos para ordenar y regular el estacionamiento y/o parqueo de vehículos, y concretar espacialmente las acciones y actuaciones que permitan desarrollar las estrategias establecidas en el presente acuerdo, para cada zona integral de estacionamientos y parqueaderos, en concordancia con las políticas de transporte, ocupación del espacio público y ordenamiento de la ciudad.

Para efectos de la realización de Planes zonales de estacionamientos y parqueaderos en el Municipio de Bucaramanga, se fijan siete sectores, delimitados por la división política administrativa del Plan de Ordenamiento Territorial, así:

1. Sector 1. Zona Norte. Compuesto por la Comuna 1 y la Comuna 2.

2. Sector 2. Zona Industrial. Comprendido entre el Río de Oro, la vía Palenque – Café Madrid hasta el Café Madrid y Terpel; La zona del costado occidental del escarpe de Bucaramanga, limitado por la Vía Palenque – Café Madrid límite entre Bucaramanga y el Municipio de Girón, la Autopista Bucaramanga – Girón y el borde límite del escarpe con la Meseta de Bucaramanga, y las zonas aledañas que no estén comprendidas expresamente en otros sectores.

3. Sector 3. Zona de la Meseta Norte. Comprende los barrios Girardot, Granada, Gaitán, Alarcón, San Alonso, San Francisco, Modelo, Mutualidad, Chapinero, San Rafael, Comuneros, La Universidad, los alrededores de la Villa Olímpica, El Batallón, La Brigada, y las zonas aledañas que no estén comprendidas expresamente en otros sectores.

4. Sector 4. Zona Centro. Conformada por los barrios Antonia Santos, Bolívar, Centro, García Rovira, Alfonso López, y las zonas aledañas que no estén comprendidas expresamente en otros sectores.

5. Sector 5. Zona de la Meseta Oriental. Integrada por la Comuna 14 y los barrios Galán, La Aurora, Mejoras Públicas, El Prado, Álvarez, Las Américas, Soto Mayor, Cabecera del Llano, Bolarquí, Campestre, Mercedes y la Urbanización Conucos, y las zonas aledañas que no estén comprendidas expresamente en otros sectores.

6. Sector 6. Zona de la Meseta Occidental. Los Barrios que la conforman son: Nuevo Soto Mayor, La Concordia, San Miguel, Ciudadela Real de Minas, La Ceiba, La Victoria, el Mutis, y las zonas aledañas que no estén comprendidas expresamente en otros sectores.

7. Sector 7. Zona Sur. Comprendido entre los barrios Lagos del Cacique, El Tejar, Diamante I y II, Provenza, Fontana, Manuela Beltrán, Porvenir, entre otros, y las zonas aledañas que no se encuentren expresamente previstas en otra zona.

Parágrafo 1. Los Planes Zonales de Estacionamientos y Parqueaderos deberán formularse de manera concertada entre la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, la Oficina Asesora de Planeación y el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, con recursos de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga para los cuales ésta efectuará las apropiaciones presupuestales respectivas. Estos Planes Zonales de estacionamientos y parqueaderos deberán ser presentados ante el Concejo municipal para su aprobación definitiva.

Parágrafo 2. En el evento en que para determinado sector de la ciudad, se desarrolle en primera instancia la correspondiente Ficha Normativa, en ella se deberá integrar en un todo las normas del presente Acuerdo, supliendo en este aspecto la necesidad de formulación del Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos correspondiente.

Parágrafo 3. En el evento en que para determinados sectores de la zona rural y/o rural suburbana del municipio, se requiera ordenar y/o regular el estacionamiento y parqueo de vehículos, y concretar espacialmente las acciones y actuaciones que permitan desarrollar los objetivos del presente acuerdo, se podrá formular el Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos respectivo.

Artículo 10º. Contenido de los Planes Zonales de Estacionamientos y Parqueaderos. Cada Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos que se formule, se fundamentará en el contenido del presente Acuerdo, en las características urbanísticas y socioeconómicas de la zona, en las consultas con los ciudadanos vecinos y usuarios del sector, en la normativa del Plan de Ordenamiento Territorial y, en la información y conocimiento actualizado de cada zona. El Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

1. Diagnostico detallado de la zona.
2. Determinación cuantitativa y cualitativa de los requisitos de estacionamientos y parqueaderos por tipo de vehículos.
3. Demarcación de predios objeto de desarrollo prioritario para la construcción de parqueaderos en edificaciones especializadas, de acuerdo con el tipo de actividades en la zona.
4. Delimitación de sitios y horarios de estacionamiento temporal permitido de acuerdo con el tipo de vehículos, el servicio que prestan y las actividades en la zona.
5. Localización y señalización de zonas azules, amarillas, café, blancas, de emergencia y zonas neutrales.
6. Indicadores de desempeño o índice de gestión de la operación de cada zona integral de estacionamientos y parqueaderos, en relación con la movilidad, la accesibilidad, la invasión del espacio público y la atención al público.
7. Identificación de proyectos, acciones y actividades a ejecutar en el corto, mediano y largo plazo en desarrollo del Plan Zonal de Parqueaderos y Estacionamientos.
8. Especificaciones técnicas de la señalización informativa, preventiva y reglamentaria, de acuerdo con la normatividad vigente y de los sistemas de información y atención al ciudadano.
9. Criterios y metodología para definir y modificar las zonas integrales de estacionamientos y parqueaderos.
10. Contenidos y metodología para formular y actualizar los planes zonales de parqueaderos y estacionamientos.
11. Procedimientos para hacer modificaciones y ajustes a los planes zonales con base en la dinámica urbana.
12. Demás normas que establezcan la Oficina Asesora de Planeación, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga y el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, el Plan de Ordenamiento Territorial y/o las Fichas Normativas.

Parágrafo 1. No podrá autorizarse la demarcación de estacionamientos en paralelo o anexos a las vías de carácter local, que no estén contenidos en el Plan Zonal de Estacionamientos y Parqueaderos y/o la ficha normativa del sector. Como régimen de transición mientras se formulan estos instrumentos, la Oficina Asesora de Planeación será la encargada de viabilizar las zonas que proponga la autoridad competente para estacionamientos temporales sobre vía pública, según lo permitan las normas establecidas en el presente Acuerdo.

Parágrafo 2. Con el fin de asegurar la debida socialización, participación calificada y consulta a los ciudadanos vecinos y usuarios del sector, durante las etapas de diagnóstico y formulación de los Planes Zonales de Estacionamientos y Parqueaderos, se hace pertinente la realización de por lo menos una audiencia pública por Plan Zonal, a la cual se convoque mediante información pública a través de medios masivos de comunicación y comunicación escrita a los representantes de las distintas comunidades, organizaciones sociales, entidades, establecimientos y fuerzas vivas de la zona.” (subrayado, comillas y negrillas por fuera de texto)

Así las cosas, la Dirección de Transito de Bucaramanga, realizó Contrato 159 de 2008, con la firma Proyecciones civiles y geoambientales Ltda. – PROCYG Ltda. Cuyo representante legal es el señor Gerardo Cuadros Chain, con el Objeto de “prestar el servicio de consultaría para la elaboración de los planes zonales de parqueaderos y estacionamientos de los sectores 4 y 5 contemplados en el Acuerdo 065 de diciembre 29 de 2006, en armonía con los parámetros señalados en el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad de Bucaramanga”, por un valor de setenta y nueve millones novecientos ochenta y cuatro mil trescientos veinte pesos M/cte ($79.984.320) el cual a la fecha se encuentra en ejecución.

Actualmente se están ejecutando los Planes Zonales de Parqueaderos para los sectores 4 y 5; Centro y Cabecera del Llano, ejerciendo la Oficina Asesora de Planeación municipal, de acuerdo con su competencia, lo referente al componente de planificación.

4. ¿Quién o que Entidad contrato el Plan Especial de Parqueaderos? Cual fue el costo del mismo? Cual fue el consultor que hizo los estudios respectivos?

El estudio del Plan Especial de Parqueaderos fue contratado por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga el 28 de julio del año 2003 con la firma Consultarías y Diseños, cuyo representante legal es el Arquitecto Oscar Hernando Saboya, con el objeto de “elaborar la reglamentación y directivas técnico jurídicas de carácter urbanístico para la elaboración del PEP en armonía con los parámetros establecidos en el POT de Bucaramanga” determinando los antecedentes, la situación, metodología, modelo conceptual, objetivos, políticas, directrices, instrumentos, acciones, niveles de planificación, planes zonales, elementos, esquema de gestión, operación y recomendaciones del plan especial de parqueaderos, con un costo de setenta y ocho millones quinientos tres mil doscientos treinta y dos pesos M/cte ($78.503.232)

El estudio inicio con la creación de un comité interinstitucional con el propósito de orientar las políticas de cada entidad en el plan de parqueaderos, y se convoco, entre otros a:

Área Metropolitana de Bucaramanga.

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico
Oficina Asesora de Planeación.
Secretaria de Gobierno.
Secretaria de Infraestructura.
Dirección de Tránsito.

Se tuvo como objetivo, en su momento, identificar las expectativas de los diferentes actores en relación con el tema de estacionamientos. Así mismo, obtener la información directa sobre las acciones que desde la perspectiva de cada una de las instituciones, se consideraba debían complementarse.

Del anterior estudio se concluyo la necesidad de expedir la norma necesaria para el tema de parqueaderos en la ciudad de Bucaramanga, la cual se concluye, como se expreso anteriormente, en el Acuerdo 065 de 2006.

5. ¿Cuál es la opinión sobre la ejecución hasta el momento del Plan Especial de Parqueaderos?

En razón a que no se han concluido los estudios correspondientes, no se ha podido implementar o ejecutar los Planes Zonales de Parqueaderos para los sectores contratados. No obstante, la Oficina Asesora de Planeación municipal permanentemente ha ejercido sus funciones en lo referente a fortalecer la coordinación interinstitucional entre las entidades encargadas de la planeación, ejecución, manejo y control del Sistema de Estacionamientos y Parqueaderos de la ciudad, y específicamente con la Dirección de Transito.

Observamos que para que el sistema de estacionamientos y parqueaderos sea operativo, se requiere realizar algunos ajustes en el mismo, de forma que el comercio organizado cumpla las cargas urbanísticas acordes con su actividad económica, para lo cual propongo revisar los siguientes aspectos:

* Las determinantes para la localización de los Estacionamientos temporales en paralelo sobre las vías de carácter local que estipula numerosos lugares prohibidos y condicionantes que no permiten considerar la temporalidad de los estacionamientos por la rigidez en la norma. Articulo 15º del Acuerdo 065 de 2006 y demás concordantes.

* El numeral 1 del literal b, del “Artículo 6. Acciones para lograr los objetivos del Sistema de Estacionamientos y Parqueaderos. Las acciones para lograr los objetivos del Sistema de Estacionamientos y Parqueaderos son las siguientes: ….Todos los establecimientos comerciales, de servicios, industriales y/o dotacionales que no cuenten con la respectiva licencia de construcción, al igual que cualquier proyecto por licenciar, deberán cumplir, como cuota mínima, las exigencias de cupos de parqueo planteadas en los artículos 237 al 248, y 540 a 543 del Decreto 089 de 2004 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya. Para el cumplimiento de los cupos de parqueo según el uso y/o el área, establecido en los cuadros R-01, C-01, D-01 e I-01. del citado decreto, la provisión deberá aproximarse siempre a la unidad entera mayor resultante.” (subrayado, comillas y negrillas por fuera de texto) que determina el cumplimiento extremo de cupos por fuera de la norma.

* Estudiar otras posibilidades diferentes a las permitidas en el Acuerdo que registren el cumplimiento de la apropiación de cupos de parqueo.